¿Por qué te pueden multar si viajas de copiloto en un coche?
Estas son las sanciones más frecuentes que plantea la DGT para el acompañante
- Iñigo Alzueta
- DN Contenidos
El pasado mes de marzo entraron en vigor las nuevas normas de tráfico de la DGT, que ponen el foco en reforzar la seguridad en las carreteras. Ahora aumentan las sanciones contra los excesos de velocidad, alcohol y drogas, y se protege la figura del ciclista, entre otras medidas. El uso del móvil también está penado.
Cuando hablamos de multas, todas las miradas se centran en el conductor, pero el pasajero también puede ser objeto de sanción. Por ejemplo, si no lleva abrochado el cinturón de seguridad, será sancionado con 200 euros.
Una situación anormal que se observa con frecuencia es la errónea postura que adoptan muchos copilotos, que viajan con los pies sobre el salpicadero. Hacerlo así es un grave riesgo para la seguridad: resta eficacia al cinturón. Incluso es posible, debido al llamado ‘efecto submarino’, que el pasajero se deslice por debajo. Además, si salta el airbag por un choque, puede causar lesiones en piernas y articulaciones. Esta peligrosa postura conllevará una sanción de hasta 100 euros. La misma cuantía se aplicará por sacar los pies por la ventanilla, así como la cabeza o brazos. Asimismo, el copiloto no podrá lanzar objetos por la ventanilla, bajo una multa de 500 euros.
Entre otras sanciones, el acompañante no podrá llevar a un niño en brazos. Si lo hiciera, podría en riesgo su seguridad, puesto que carece de un sistema de retención infantil. La DGT contempla una sanción de 200 euros en este caso.
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