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Motor

Coches: qué indemnización me toca si lo compré entre 2006 y 2013 y cómo reclamarla

Arranca un aluvión de reclamaciones al sector tras el fallo del Tribunal Supremo por daño a la libre competencia

Se estiman más de 10 millones de particulares y empresas afectadas tras el fallo del Tribunal Supremo CEDIDA

El sector de la automoción nacional espera un aluvión de reclamaciones tras conocerse que el Tribunal Supremo ha ratificado las sanciones que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso a 21 empresas fabricantes y distribuidores de coches en España. Según estos organismos, crearon un cártel que perjudicaba el libre mercado, y en última instancia, a los consumidores. A través de él, intercambiaban información confidencial de manera continuada para controlar el mercado de la distribución de vehículos, así como de servicios posventa de reparación, mantenimiento y recambio de piezas.

Las primeras estimaciones hablan de más de 10 millones de particulares y empresas afectadas, que estrenaron coche entre febrero de 2006 y agosto de 2013. Se calcula que las indemnizaciones a las que tendrían derecho alcanzan los 2.500 euros de media de sobreprecio por modelo, señalan los abogados que llevan la causa. En algunos casos, el encarecimiento se cifra en 9.000 euros para los modelos más premium y con mayores servicios post-venta. Por lo tanto, se abre la puerta a pedir las compensaciones oportunas de los afectados.

Para ello, es necesario hacerlo a título individual o través de asociaciones de consumidores perjudicados, como la Agrupación de Afectados por el Cártel de Coches (AACC). Estas son las claves para saber si usted está afectado. El punto de partida para cualquier reclamación es presentar documentación, como la factura de compra o alquiler del vehículo, así como las correspondientes revisiones o reparaciones efectuadas. Es importante que en todas ellas se acredite la titularidad del comprador del vehículo.

Asimismo, el reclamante deberá comprobar si su vehículo se encuentra entre las marcas señaladas por el Tribunal Supremo a fin de que su reclamación prospere. Y además, si los hechos objeto de compensación se han producido en las fechas admitidas por el Tribunal. En cualquier caso, se espera un proceso largo. 

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