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Buenas prácticas

La gran empresa tiene hasta junio para allanar las denuncias internas de corrupción

La nueva ley también obliga a pymes de entre 50 y 249 empleados, partidos, sindicatos y sector público a disponer de estos cauces antes del 1 de diciembre

Empresas en Navarra por zonas y número de trabajadores Alberto Erro

Ya ha comenzado la cuenta atrás. El pasado martes se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la nueva ley que obligará a las empresas con más de 249 trabajadores, de las que hay 60 en Navarra, a habilitar antes del verano canales internos para denunciar infracciones administrativas y penales “graves o muy graves”. Se trata de la ley 2/2023, de 20 de febrero, que regula “la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción” que incorpora al Derecho español la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019.

Una vez divulgada la nueva obligación en el BOE, se da un periodo de veinte días antes de que arranque el plazo de tres meses para la implantación de estos mecanismos internos, de forma que las 60 empresas navarras con más de 249 empleados deberán tenerlos operativos para mediados de junio como muy tarde. La nueva ley también afectará a las pymes de 50 a 249 empleados, aunque en este caso el plazo de implantación se alarga hasta el 1 de diciembre. Según los últimos datos disponibles del Instituto Navarro de Estadísticas (Nastat), hay 378 compañías incluidas en este segundo grupo repartidas por toda la Comunidad foral.

En el caso de que ya se contara con este tipo de canales internos de denuncia, se tendrán que adecuar a los requisitos que marca la nueva norma, diseñados para garantizar que los informantes no sufran represalias. De hecho, lo que pretende la nueva norma es precisamente que “esos loables comportamientos cívicos” no tengan “consecuencias penosas”. Al mismo tiempo, la nueva ley incorpora resortes frente a “informaciones falsas o tergiversadas” así como aquellas que “se han obtenido de manera ilícita”.

UNIVERSIDADES PÚBLICAS

La creación de buzones de denuncia también será de obligado cumplimiento para “todos los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, así como a las fundaciones que de los mismos dependan, siempre que reciban fondos públicos para su financiación”. El legislador argumenta que resulta indispensable exigir a estas organizaciones “una actitud ejemplar que asiente la confianza en ellos de la sociedad pues de ello depende en buena medida el adecuado funcionamiento del sistema democrático”.

La medida también incluye a “las universidades, las sociedades y fundaciones pertenecientes al sector público” al igual que “las corporaciones de Derecho Público” y todos los municipios. Respecto a estos últimos, la ley contempla como excepción que aquellos con menos de 10.000 habitantes podrán “compartir medios” para estas labores “con otras Administraciones que ejerzan sus competencias en la misma comunidad autónoma”.

Además de al propio denunciante, el amparo de la ley se extiende a las personas que le prestan asistencia, a aquellas otras de su entorno que puedan sufrir represalias, así como a las personas jurídicas de su propiedad. Según marcan los requisitos de la nueva normativa, el buzón debe ser fácilmente accesible e incluir garantías de confidencialidad, al tiempo que incluya “prácticas correctas” de seguimiento, investigación y protección del informante. Ello incluye la posibilidad de “externalizar” a un tercero la gestión del cauce para alertar de las infracciones: “Uno de los principales factores que desalienta a los potenciales informantes es la falta de confianza en la eficacia de las comunicaciones. Por ello, la norma europea impone a los Estados miembros la obligación de establecer canales de comunicación externa adecuados [...] para garantizar la exhaustividad, integridad y confidencialidad de la información, impedir el acceso a ella por personal no autorizado y permitir un almacenamiento duradero de la misma”.

CLAVES

Sanciones. En casos muy graves, las empresas y organizaciones hacen frente a multas que parten desde los 600.000 euros y la prohibición de obtener subvenciones u otros beneficios fiscales durante un plazo máximo de cuatro años.

Plazos. Las grandes empresas (250 empleados o más) tienen tres meses para implantar los canales de información. El resto, hasta el 1 de diciembre.

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