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Navarra atiende a la UE y derogará la ley que exige personal en gasolineras

Bruselas abrió en 2017 un expediente a España por incumplir la directiva

Navarra atiende a la UE y derogará la ley que exige personal en gasolineras Eduardo Buxens

Navarra fue pionera en España a la hora de regular los derechos de los consumidores y usuarios en las instalaciones de venta de carburantes. Desde el año 1997 obliga a los establecimientos, al menos de manera formal, a tener como mínimo a una persona responsable “mientras permanezcan abiertos y en servicio”. Pero el decreto que así lo establece, el 182/1997, de 30 de junio, tiene los días contados. El Gobierno foral acaba de abrir la fase de consultas previa a la derogación de dicha norma. Hasta el próximo 23 de mayo, según figura en la web de Gobierno abierto, tanto los ciudadanos como las organizaciones representativas que potencialmente pudieran verse afectadas por esta derogación podrán dar su opinión sobre este tema dando así cumplimiento a lo establecido en la norma del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En la documentación que ha hecho pública la Administración foral se explican de manera pormenorizada los motivos que le han llevado a tomar la decisión de derogar la norma. Entre ellos, destaca el expediente iniciado por la Comisión Europea contra España por incumplimiento de una directiva comunitaria del año 2006 sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. Un expediente que se inició tras la denuncia que en julio de 2016 llevó a Bruselas la Asociación Nacional de Estaciones de Servicio Automáticas (AESAE), que agrupa al 60% de las estaciones desatendidas en toda España, en contra de las normativas de varias comunidades. Entre ellas, Navarra.

En la notificación que, a raíz de dicha denuncia, remitió a España la Dirección General de Mercado Interior, Industria, Emprendimiento y Pymes de la Comisión Europea se pidió “información adicional y justificación”sobre las medidas adoptadas por las comunidades dejando claro en la misiva que el requisito de obligar a las estaciones a tener un número mínimo de empleados resultaba muy difícil de casar con la normativa comunitaria. “Parece incoherente con el objetivo de protección de los consumidores el hecho de que una medida destinada a protegerles excluya la posibilidad de que estos se abastezcan de combustible a precios más bajos y se beneficien del modelo empresarial en las estaciones de servicio automáticas. La experiencia no ha puesto de manifiesto que los derechos de los consumidores no estén protegidos o lo estén menos en las estaciones de servicio automáticas de otros Estados miembros”, argumenta la CE en la misiva donde, además, llega a manifestar que no le cabe duda de que existen otras medidas menos restrictivas para garantizar la protección del consumidor en las estaciones que no exigen la presencia de un empleado.

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Argumentos todos ellos que han llevado a la Administración foral a concluir que algunos de los requisitos exigidos en el Decreto 182/1997 son “contrarios” a los principios recogidos en textos legales europeos y nacionales “ya que restringen injustificadamente el acceso a la actividad sin que exista una razón imperiosa de interés general proporcionada que justifique la existencia de los mismos”. Así, prosigue, la derogación del decreto pretende solucionar este problema eliminando una barrera injustificada al negocio de las estaciones de servicio desatendidas. “No existe alternativa no regulatoria habida cuenta de la necesidad de adaptación de la normativa europea y nacional”, concluye dejando claro que “la derogación parcial del Decreto dejaría la norma muy incompleta”.

<div class="box_grey">LA CIFRA

90 gasolineras podrían incumplir la norma en Navarra</div> <div class="box_grey">CLAVES


1. La normativa foral. Navarra dispone desde 1997 de una normativa propia (el decreto foral 182/1997, de 30 de junio), pionera en España, que regula los derechos de los consumidores y usuarios en las instalaciones de venta de carburantes. Obliga a que las instalaciones dispongan de una persona responsable mientras esté en funcionamiento.


2. De autoservicio y desatendidas. Las gasolineras automáticas se encuadran dentro de la tipología de estaciones que funcionan en autoservicio. Se llaman así porque en todo o en parte del horario de servicio no disponen de ninguna persona de la empresa responsable de la instalación.


3. Modelo extendido por toda España. El modelo del ‘sírvase usted mismo’ llegó hace ya algunos años a los gasolineras españolas y se extendió con rapidez por todo el territorio nacional. Sobre todo, a raíz de que en 2013 el gobierno central aprobara una ley que abría la posibilidad de que las estaciones de servicio funcionaran por procedimientos automáticos.


4. Más de 500 puntos de venta. En España no hay estadísticas oficialessobre el número de este tipo de estaciones. El Ministerio de Industria las incluye en el segmento low cost (que se engloban en las marcas blancas y que no necesariamente carecen de personal) , que suponen más de 500 puntos de venta, el 5% del total.


5. Reacción autonómica. Tras el expediente de Bruselas y la recomendación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que en julio de 2016 recomendó la eliminación de toda disposición que incluyera la obligación del servicio autonómico, las comunidades más restrictivas han empezado a dar marcha atrás en la aplicación de normas como la navarra cuya normativa, según AESAE, sencillamente “no se aplica”. Hoy por hoy, las comunidades que menos trabas ponen a la apertura de nuevas estaciones de servicio automáticas son, según los empresarios del sector, Cataluña, Andalucía y Valencia. En el otro extremo se sitúan Extremadura, Castilla- León y el País Vasco. Cataluña es la comunidad con más estaciones de servicio automáticas con alrededor de 190, un 33%. Le sigue Valencia, con alrededor de 80, el 14%. Porcentajes todavía pequeños sobre el total.</div>  

Navarra fue pionera en España a la hora de regular los derechos de los consumidores y usuarios en las instalaciones de venta de carburantes. Desde el año 1997 obliga a los establecimientos, al menos de manera formal, a tener como mínimo a una persona

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