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Elecciones municipales 2023: requisitos para votar si eres extranjero

El plazo de inscripción termina el 30 de enero para los extranjeros de la UE y el 15 de enero para algunos países como Reino Unido y Colombia

Las elecciones municipales se celebrarán el domingo 28 de mayo EFE

Los ciudadanos de la Unión Europea que no son españoles pero residen en España tienen derecho a votar en las elecciones municipales del 28 de mayo. Para ello, deben estar inscritos en el censo electoral y tener 18 años.Son los dos requisitos a tener en cuenta.

En las elecciones municipales de 2023 podrán votar nacionales de Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido y Trinidad y Tobago residentes en España al haber firmado con España un Acuerdo de reciprocidad de voto en elecciones municipales. Mientras tanto Vox propone endurecer los requisitos para obtener la nacionalidad española.

Quienes deseen participar en estas elecciones deben solicitar su inscripción en el censo electoral y cumplir con las demás condiciones de los acuerdos. Las condiciones establecidas en todos, con excepción de Reino Unido y Noruega, son:

  • Estar en posesión de la autorización de residencia en España.
  • Haber residido en España, legal e ininterrumpidamente durante, al menos, los cinco años anteriores a su solicitud de inscripción en el censo electoral.
  • Figurar inscrito en el padrón del municipio de su residencia habitual que es dónde podrá ejercer el derecho de voto.

Las condiciones fijadas en el acuerdo con Reino Unido son:

  • Estar en posesión del correspondiente permiso de residencia en España.
  • Haber residido en España, legal e ininterrumpidamente durante, al menos, los tres años
  • anteriores a su solicitud de inscripción en el censo electoral.
  • Estar domiciliado en el municipio en el que les corresponda votar y figurar inscrito en su padrón municipal.

Por su parte, las condiciones fijadas en el acuerdo con Noruega son:

  • Estar en posesión del correspondiente permiso de residencia en España.
  • Haber residido en España, legal e ininterrumpidamente, más de tres años.
  • Estar domiciliado en el municipio en el que les corresponda votar y figurar inscrito en su padrón municipal.

Como recuerda el Insituto Nacional de Estadística, para facilitar este trámite, la Oficina del Censo Electoral (OCE) va a enviar por correo postal una comunicación a 455.024 residentes en España nacionales de estos 13 países para que soliciten su inscripción en el censo electoral. Hace un año varios colectivos impulsaron una iniciativa para la "regularización extraordinaria" de los migrantes irregulares en España.

Quienes cumplan todas las condiciones del Acuerdo recibirán una clave para que puedan realizar la inscripción en el censo electoral por internet. También pueden realizar este trámite si se identifican con Cl@ve.

Los que cumplan todas las condiciones contempladas en el Acuerdo excepto la vigencia del permiso de residencia, deberán realizar la inscripción en el censo electoral por correo postal, aportando un documento en vigor que justifique la autorización de residencia en España o justificante de que se ha solicitado la renovación del documento.

Los nacionales de los 13 países que no han recibido carta y cumplan las condiciones del Acuerdo, pueden solicitar su inscripción en el censo electoral acudiendo a los ayuntamientos donde estén empadronados, en el plazo indicado anteriormente.

Se puede solicitar información en los ayuntamientos, las delegaciones provinciales de la OCE y en el teléfono 900 343 232

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