Aluvión de demandas por el ‘Cártel de coches’: ¿cómo iniciar las reclamaciones?
La abogada Raquel Saralegui Iglesias explica los pasos a seguir para reclamar a las marcas el sobreprecio de los vehículos entre 2006 y 2013
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¿Es usted uno de los afectados por el ‘Cártel de los coches’ y no sabe cómo iniciar los trámites de reclamación? La posibilidad de demandar a las marcas de automoción el sobrecoste del precio de adquisición de los vehículos adquiridos entre 2006 y 2013, está suscitando muchas dudas entre los consumidores afectados. La abogada Raquel Saralegui Iglesias, socia del despacho Saralegui Iglesias Abogados de Pamplona, con una trayectoria de más de 15 años en derecho civil y mercantil, y con un equipo de abogados especializado en la defensa y los derechos de los consumidores y usuarios, explica los pasos a seguir.
¿Qué es el ‘Cártel de coches’?
El cártel de coches es la denominación otorgada para la agrupación de distintas marcas del sector del automóvil que intercambiaron entre sí información sensible y confidencial, pactando los precios de los vehículos, elevando los mismos entre un 10% y un 15%. Es por ello, que el 23 de julio de 2015, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sancionó a varias compañías automovilísticas (marcas de automóviles, concesionarios y empresas asociadas) con multas que alcanzaron más de 170 millones de euros. Las sanciones han sido ratificadas por el Tribunal Supremo a lo largo del año 2021, dejando la vía abierta a todos los afectados para reclamar.
¿Quién puede reclamar?
Son afectados por el ‘Cártel de coches’ todas aquellas personas (particulares, empresas y autónomos) que adquirieron un vehículo, ya fuese por compra, leasing o renting, entre los años 2006 y 2013.
¿Qué marcas forman el ‘Cártel de coches’?
Los fabricantes de coches afectados son Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mazda, Mercedes-Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota y Volvo.
¿Qué indemnización puedo obtener?
Oscila entre un 10% y un 15% del precio de adquisición del turismo más los intereses legales.
¿Qué documentación necesito para poder reclamar?
Documentos justificativos de la compra, precio de adquisición, y características del vehículo. Si el cliente ha vendido el vehículo, necesitaremos justificante de venta del vehículo y/o justificante del precio de venta percibido.
¿Qué plazo tengo para reclamar?
Dependerá de la marca de tu vehículo y la fecha de la sentencia del Tribunal Supremo. El plazo para reclamar es de un año desde que se dictó la resolución del Tribunal Supremo para cada marca a lo largo del año 2021. Es decir, en este año 2022 se debería interponer la reclamación.
¿Cómo se puede reclamar?
Hay que formular una reclamación extrajudicial contra el concesionario o marca ya que ésta interrumpirá el plazo de prescripción para una futura demanda judicial.
Como abogada experta en esta materia, ¿se decanta por interponer demandas colectivas y agrupadas (de varios clientes con mismas marcas) o individuales?
Es preferible interponer las demandas de forma individual en lugar de mediante una asociación o colectivo de afectados. Para el abogado es más costoso pero al cliente no le supone mayor coste económico. Una reclamación individual agiliza el procedimiento y facilita que al afectado se le reconozca más fácilmente la indemnización. Si se interpone demandas colectivas (de muchos afectados) las marcas recurrirán hasta la última instancia y el proceso se eternizará en el tiempo.
¿Qué les diría a todos aquellos que estén en duda de si reclamar o no?
Que se informen y asesoren con un abogado experto en la materia. Para muchos afectados el plazo finaliza este mes de abril de 2022 por lo tanto, es conveniente que entre febrero y marzo interpongan la reclamación previa para interrumpir el plazo.
SARALEGUI IGLESIAS ABOGADOS
Avenida de Barañáin, nº 19, 1C (Pamplona)
Telf: 948 06 38 56-619449890
saraleguiiglesiasm@gmail.com
¿Es usted uno de los afectados por el ‘Cártel de los coches’ y no sabe cómo iniciar los trámites de reclamación? La posibilidad de demandar a las marcas de automoción el sobrecoste del precio de adquisición de los vehículos adquiridos entre 2006 y 20
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