Si tengo jornada reducida, ¿puedo cobrar a la vez el paro? ¿En qué casos?
El paro también se puede cobrar en determinados casos en los que hay una reducción de jornada laboral
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El mercado laboral sigue su recuperación según los datos del SEPE con la mayor caída mensual del paro en un mes de septiembre, con 76.113 desempleados menos. Por su parte, la afiliación a la Seguridad Social subió en 57.387 cotizantes. Sin embargo, todavía hay 3,25 millones de parados, más de los que había en septiembre de 2019, antes de la pandemia.
Muchos son los que siguen necesitando acudir al SEPE para solicitar algún tipo de ayuda o subsidio y, por ejemplo, han surgido dudas sobre el requisito que vuelve a pedir el SEPE para cobrar la prestación por desempleo tras la pandemia.
Para recibir ayudas o subsidios es necesario cumplir una serie de requisitos, sobre todo para cobrar la prestación contributiva, ya que se requiere, entre otros, haber cotizado al desempleo al menos durante 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.
El paro también se puede cobrar en determinados casos en los que hay una reducción de jornada laboral. El SEPE explica que se tendrá derecho a la prestación por desempleo si la reducción de la jornada se produce por algunas de las siguientes causas:
- Cuando es por decisión empresarial, de acuerdo a lo establecido en el artículo 47 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. "La reducción debe ser temporal y estar comprendida entre un 10% y un 70% de la jornada diaria, semanal, mensual o anual, y siempre que el salario se reduzca de forma similar y sea debida a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o se produzca por causas de fuerza mayor, en cuyo caso será necesaria la autorización de la Autoridad Laboral", detalla el SEPE.
- Por resolución judicial adoptada en un procedimiento concursal, sin que estén comprendidas las reducciones de jornadas definitivas o que se extiendan a todo el periodo que resta de la vigencia del contrato de trabajo.
No se podrá acceder al paro si la reducción es definitiva o dura todo el periodo que quede pendiente de cumplir el contrato. Por ejemplo, si el trabajador acuerda con la empresa cambiar al horario.
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