Dos condenadas por devolver una cartera perdida con 200 euros menos en Estella
Se la encontraron sobre el mostrador de un local y la entregaron a la Policía solo con 30 euros
- Gabriel González
Dos mujeres han sido condenadas por haber entregado a la policía de Estella una cartera que encontraron en un local comercial... pero con 200 euros menos de los que había en su interior. Pasado el tiempo sí que devolvieron esta cantidad (alegaban que habían aparecido tras buscarlos), pero tanto el juzgado como la Audiencia consideran que inicialmente se quedaron con el dinero, por lo que les condenan a 320 euros de multa por un delito leve de apropiación indebida.
La sentencia del Juzgado de Instrucción nº 1 de Estella consideró que ambas mujeres actuaron "de común acuerdo" para quedarse el dinero. El 19 de agosto pasado, sobre las 17 horas, el fallo relata que ambas se encontraban en un local del casco viejo de Estella. Una acusada es la propietaria del mismo y otra una clienta. En un momento dado, otra persona se dejó olvidada sobre el mostrador una cartera. Dentro había 230 euros. Según el fallo, la mujer que regenta el local y la otra clienta "se apoderaron de cuatro billetes de 50 euros" que había en su interior, y después entregaron a la Policía Municipal de Estella la cartera pero solo con 30 euros en billetes y diversas monedas. Transcurrido cierto tiempo (la sentencia no especifica), y después de que la policía les informara de que faltaban 200 euros, ambas mujeres los entregaron en comisaría. Dijeron que los habían localizado "entre el mostrador y la estantería".
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Una de las mujeres recurrió la condena inicial. Alegaba que entregaron la cartera de forma voluntaria, que no tenía ningún sentido devolverla solo con 30 euros cuando hubiera bastado deshacerse de ella y quedarse todo, y que si entregaron más tarde los 200 euros restantes fue porque los hallaron tras buscar por el local. Es más, exponía en su recurso que lo habitual tras devolver una cartera es recibir un reconocimiento y hasta una recompensa, y que en este caso, criticaba, "la buena fe de la mujer había sido sancionada sin prueba alguna".
Sin embargo, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial responde que "no se puede realizar ninguna objeción" a la sentencia inicial, que fue "suficientemente razonada" y está basada en "una minuciosa evaluación" de todos los elementos. Por tanto, el tribunal no aprecia ningún motivo para aplicar el principio de 'in dubio pro reo'.
Dos mujeres han sido condenadas por haber entregado a la policía de Estella una cartera que encontraron en un local comercial... pero con 200 euros menos de los que había en su interior. Pasado el tiempo sí que devolvieron esta cantidad (alegaban que
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