La transferencia del tráfico a Navarra, al detalle
A continuación se enumeran las funciones que corresponderán a uno u otro ejecutivo
- Beatriz Arnedo
1 Tramitar y cobrar las multas. Con excepción de las que corresponda a entidades locales. Incluye detectar infracciones, incoar e instruir el expediente administrativo, dictar la resolución, hacerla ejecutar y resolver los recursos interpuestos, percibiendo, en su caso, el importe de las sanciones. Esta función la ejercerá Navarra a partir del 1 de enero de 2025.
2 Autoescuelas.
3 Centros de reconocimiento. Destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores.
4 Cursos de sensibilización y reeducación vial. Los que reciben los conductores por la pérdida parcial o total de puntos.
5 Campañas divulgativas de educación y formación vial.
6 Instrucciones a policías locales. Sobre las normas de circulación en coordinación con el Estado.
7 Medidas de vigilancia o restricciones en la circulación de vehículos.
8 Informe de eventos. Pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros en los que participen vehículos históricos.
9 Autorización de eventos con vehículos históricos. Este punto y el 8, de acuerdo al Reglamento General de Circulación.
10 Cobro de tasas. Por estas funciones.
1 La regulación de tráfico, circulación y seguridad vial. Incluye la legislación y el ejercicio de la potestad reglamentaria,.
2 La expedición y revisión de los permisos y licencias para conducir. Tanto de vehículos a motor y ciclomotores, como la autorización para transporte de mercancías peligrosas, con los requisitos sobre conocimientos, aptitudes técnicas y psicofísicas y periodicidad, así como la declaración de nulidad, lesividad o pérdida de vigencia de aquéllos.
3 Permisos especiales. El canje de los permisos de conducción y de la autorización especial para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas expedidos en el ámbito militar y policial por los correspondientes en el ámbito civil, así como el canje, la inscripción o la renovación de los permisos expedidos en el extranjero.
4 La matriculación y expedición de los permisos de circulación. Tanto de los vehículos a motor, remolques, semirremolques y ciclomotores, así como la declaración de nulidad, lesividad o pérdida de vigencia de dichos permisos.
5 Permisos provisionales y temporales.
6 Registros. Los de vehículos, conductores e infractores, profesionales de enseñanza de la conducción, centros de formación de conductores, centros de reconocimiento para verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores y de manipulación de placas de matrícula.
1 Comisión de ambas administraciones. Se va a crear en el seno de la Junta de Seguridad de Navarra, para garantizar la coordinación y colaboración. Adoptará sus acuerdos por consenso .
2 Estadística de accidentes. Navarra dará los datos a la Jefatura Central de Tráfico, y esta pondrá a disposición de la Comunidad la información que pida respecto a la estadística de ámbito estatal. Las entidades locales remitirán la información simultáneamente a la Jefatura Central de Tráfico y a Navarra.
3 Apertura de autoescuelas. Navarra comunicará la autorización de su apertura, así como su modificación al Registro de Centros de Formación de Conductores para su inscripción de oficio.
4 Cursos para profesor y director de autoescuela. La convocatoria y desarrollo de los cursos y pruebas para obtener los Certificados de Aptitud de Profesor de Formación Vial y de Director de Escuelas Particulares de Conductores que lleve a cabo Navarra se realizarán de acuerdo con la Jefatura Central de Tráfico. En los tribunales calificadores estará de vocal un funcionario de la escala técnica de la Jefatura Central de Tráfico.
5 Registro de centros de reconocimiento para conductores. Navarra procederá de oficio a inscribir en este las resoluciones de acreditación de los centros. Igualmente inscribirá cualquier modificación de estos, o cuando tenga lugar la suspensión o el cese de las actividades del centro.
6 Información en común. Navarra y la Jefatura Central de Tráfico pondrán a disposición mutua los antecedentes que deriven de las resoluciones sancionadoras que puedan afectarles.
7 Infracciones y puntos. Navarra remitirá a la Jefatura Central de Tráfico los expedientes de infracciones que puedan dar lugar a detraer puntos al conductor.
8 Ficheros de conductores y vehículos. Navarra accederá a los que tiene la Jefatura Central de Tráfico.
1. Personal. Pasarán a depender de Navarra tres cargos: la coordinadora provincial de educación vial, el jefe de la sección de seguridad vial y el investigador de seguridad vial (vacante).
2. Vehículos. Hay 7 vehículos de la jefatura central de Tráfico que se traspasan a Navarra, aunque 6 de ellos están cedidos a varios ayuntamientos.
3. Radares. Navarra recibirá 8 radares en puntos como Lekunberri, Cintruénigo, Belate, Alsasua, Ventas de Arraitz y Etxalar, la N-113 y la A-15; 1 estación de toma de datos y 1 panel de cruce inteligente.
4. Etilómetros digitales. Se traspasan a Navarra 2 cinemómetros y 33 etilómetros digitales que están buena parte de ellos cedidos en estos momentos a diversos ayuntamientos.
1 Tramitar y cobrar las multas. Con excepción de las que corresponda a entidades locales. Incluye detectar infracciones, incoar e instruir el expediente administrativo, dictar la resolución, hacerla ejecutar y resolver los recursos interpuestos, perc
Diario de Navarra
- Web + app (0,27€ al día)
- Versión PDF
- Periódico en papel