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Tribunales

Condenan al dueño de un perro que causó la caída de un ciclista

Deberá pagar 15.704 euros al demandante, que circulaba por Zabalza cuando irrumpió el perro y se cayó, sufriendo fractura de pelvis y clavícula

Un grupo de ciclistas circula en línea, en una imagen de archivo. EFE

Tres ciclistas que circulaban a la altura de Zabalza en febrero de 2021 se vieron sorprendidos por la irrupción en la calzada de un perro que provocó la caída de dos de ellos. Uno sufrió las fracturas de pelvis y clavícula izquierda, así como daños materiales, y ahora el dueño del animal tendrá que indemnizarle con 15.704 euros. La sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Pamplona le considera responsable por no haber adoptado las medidas oportunas para que su perro no invadiera la vía. El fallo es recurrible.

El accidente se produjo a las 16.39 horas del 19 de febrero de 2021 en la carretera NA-7015 (Zizur Mayor-Belascoain), en un tramo de curva hacia la derecha, cuando el animal invadió la calzada desde la derecha. El primer ciclista esquivó al can, pero no así los otros dos: uno sufrió contusiones y rasguños por el asfalto y otro salió peor parado, con sendas fracturas. Este último demandó al dueño del perro por los daños sufridos, pero este se opuso a la reclamación. Según se defendía, ese perro no era suyo y la responsabilidad del suceso era del ciclista por su negligente circulación.

La magistrada rechaza sus argumentaciones. Sobre la titularidad del animal, se desconoce si tenía chip, ya que fue localizado en la vía a escasos kilómetros del accidente, pero la policía no pudo comprobarlo debido a su actitud agresiva. Sin embargo, la defensa del ciclista aportó una fotografía del animal cuando se encontraba en la finca propiedad del demandado y su descripción (raza caucásica, hembra, marrón) coincide con el perro que describieron los agentes. Es más, los policías contaron en el juicio que año y medio antes, en diciembre de 2019, intervinieron ahí con un perro de similares características y, entonces, el demandado se presentó ante ellos como “propietario del mismo”, añadiendo que “carecía de chip y cartilla”.

La sentencia indica que se trata de un tipo de animal que suele estar destinado a la protección de fincas. Y resalta que tanto el ciclista como testigos situaron al perro en la misma zona de la finca, tanto dentro como fuera de la misma, junto a otro perro propiedad del dueño. Sobre el testimonio de un amigo del demandado, que señaló que ese perro “se colaba” en las instalaciones, la sentencia resalta que no hay ninguna prueba sobre ello.

IRRUPCIÓN "SORPRESIVA"

Acerca de la posible negligencia del ciclista, defendido por el despacho ADM Abogados y su plataforma especializada cicloasistencialegal.es, la magistrada apunta que no hay huellas de frenada ni ninguna otra prueba de un exceso de velocidad en la circulación por la vía, que tiene un límite de 90 km/h y una recomendación de 50. “Es perfectamente razonable que el ciclista no pudiera evitar el impacto con el animal que sorpresivamente irrumpe en la vía”, estima la resolución. Por lo tanto, la responsabilidad es del dueño: “Si el demandado hubiera adoptado las medidas oportunas para evitar que su animal de compañía irrumpiese en la vía pública, el ciclista habría continuado sin incidente alguno”. Al respecto, el fallo añade que “basta con que un animal cause un daño para que su poseedor responda civilmente del daño originado, aunque no exista ni el más mínimo atisbo de culpa por parte del poseedor del animal”. Para que este quedara exonerado, agrega la jueza, tendría que acreditar que el daño proviene de fuerza mayor o de la culpa de la víctima. Y en este caso, concluye, “existió una omisión por parte del dueño del animal en cuanto a la tenencia adecuada del mismo”.

Tres ciclistas que circulaban a la altura de Zabalza en febrero de 2021 se vieron sorprendidos por la irrupción en la calzada de un perro que provocó la caída de dos de ellos. Uno sufrió las fracturas de pelvis y clavícula izquierda, así como daños m

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