La deducción por obras de eficiencia en viviendas se amplía otro año
Los contribuyentes podrán deducir el 20% de las cantidades satisfechas en 2022 y 2023 por las obras para bajar la demanda de calefacción y refrigeración
- Diana de Miguel
Con el objetivo de disponer de un mayor plazo para poder acometer las obras que permitan reducir el consumo de energía primaria no renovable y la demanda de calefacción y refrigeración de viviendas y edificios, el Ejecutivo foral ha decidido prorrogar un año más las deducciones por rehabilitación energética. Así se recoge en el proyecto de medidas fiscales presentado al Parlamento. Los contribuyentes podrán deducir el 20% de las cantidades satisfechas en 2022 y en 2023 por las obras realizadas durante dicho período para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad que tuviera arrendada para su uso como vivienda en ese momento o en expectativa de alquiler, siempre que, en este último caso, la vivienda se alquile antes de 31 de diciembre de 2024.
La deducción, con una base máxima de 5.000 euros, se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras y que, en todo caso, deberá ser emitido antes de 1 de enero de 2024. Conviene tener en cuenta que únicamente se entenderá que se ha reducido la demanda de calefacción y refrigeración cuando se reduzca en al menos un 7% la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración del certificado de eficiencia energética de la vivienda expedido por el técnico competente después de la realización de las obras, respecto del expedido antes del inicio de las mismas. Existe además una deducción del 40% por las obras realizadas durante dicho período para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable con una reducción de al menos un 30%.
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1 Registro de Contratos de Arrendamiento. Lo que se busca con su creación es tener un diagnóstico sobre los precios de arrendamiento para definir y regular zonas de mercado especialmente tensionadas.
2 Declaración de zona de mercado residencial tensionado. La calificación tendrá una vigencia de tres años prorrogable anualmente y se redactará un plan específico para proponer y calendarizar medidas. Para la declaración se requerirá entre otros aspectos que el precio de compra o alquiler en dicho ámbito acumule un crecimiento de al menos un 5% superior al IPC y que la carga media de los costes de hipoteca-alquiler supere el 30% de la renta media.
3 Índice de Sostenibilidad de Alquileres (ISA). Sistema para regular los precios del alquiler. Se basa en una fórmula cuyo resultado es producto de multiplicar el valor de la vivienda por un coeficiente que se determina anualmente y podrá tener un valor distinto por zonas. Si el valor es igual a cero no se aplicará. El valor mínimo de ISA es de 3.600€ y el máximo 1,5 veces el importen de la cuantía anual del Sara.
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