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Tribunales

El Supremo confirma un amaño y el “saqueo” al club en el ‘caso Osasuna’

Reduce las condenas, pero acerca a exdirectivos de Archanco a la cárcel

Sesión inicial del juicio del ‘caso Osasuna’ en la Audiencia, en enero de 2020 ARCHIVO

Ocho años después, el caso Osasuna ya tiene sentencia firme. El Tribunal Supremo ha refrendado que durante la directiva de Miguel Archanco hubo un “saqueo” a las arcas del club y que se pagó al Betis por dejarse perder en 2014, en aquel partido que significó el descenso a Segunda División. La sentencia rebaja las penas a los exdirectivos, pero las deja en una horquilla que va de los 4 años a los 5 años y 7 meses de prisión, lo que acerca a la cárcel a los cinco principales condenados: el exgerente del club Ángel Vizcay; el expresidente Miguel Archanco, los exdirectivos Juan Pascual (fallecido en verano) y Txuma Peralta, y el extesorero Sancho Bandrés. Además, ratifica que entre todos ellos tendrán que devolver a Osasuna 1,7 millones de euros, y que Vizcay tendrá que entregar al club 600.000 euros más, algo que se ejecutará en breve.

A lo largo de 121 folios, el Alto Tribunal echa por tierra todos los recursos que las defensas expusieron en noviembre: la prueba contra los acusados fue abundante, la composición del tribunal que los enjuició en Navarra (la Sección Segunda de la Audiencia) no tuvo nada de irregular y está probada la responsabilidad de todos ellos, en las salidas de dinero, el falseo de documentos...

Las rebajas de las penas se dan en los dos bloques de los que se componía el caso. Por un lado, las salidas de dinero del club sin justificar entre 2012 y 2014. Concretamente, los 900.000 euros que se maquillaron en las cuentas con un recibí falso de dos inmobiliarios condenados (uno falleció); los 1,4 millones que se camuflaron con un supuesto contrato con la empresa portuguesa Flefield y 600.000 euros que prestó el cuñado de un exdirectivo y que le fueron devueltos. El Supremo califica de “expolio” al club estas salidas de dinero. “No se ha sostenido ningún fin lícito a tales cantidades de dinero extraídas arbitrariamente de un club”. Sin embargo, los magistrados consideran que la Audiencia de Navarra penalizó de forma doble a exdirectivos e inmobiliarios por estos comportamientos, que van unidos: por falsear los documentos y por falsear las cuentas. Por tanto, el Supremo absuelve a los acusados del delito de falsedad contable.

La segunda rebaja de la penas tiene que ver con el delito de corrupción deportiva, la de los amaños de partidos. Los magistrados dedican cuatro páginas a enumerar la “abundante” prueba que existe de que se pactó con los entonces jugadores del Betis Antonio Amaya y Xavi Torres se pactó el pago total de 650.000 si los béticos ganaban al Valladolid (rival de Osasuna) en la penúltima jornada y se dejaban ganar en El Sadar. Pero a diferencia de la Audiencia Navarra, no considera delito el pago por ganar, de ahí que rebaja las penas de 1 año de cárcel a 10 meses.

SOLO DOS VÍAS PARA EVITAR EL INGRESO EN LA CÁRCEL

Tras la sentencia del Tribunal Supremo, las posibilidades de eludir el ingreso en prisión para los cinco miembros de la exdirectiva de Archanco condenados se reducen a dos únicas vías, las dos muy complicadas: el indulto y la petición de suspensión del ingreso en un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Por pasos, la sentencia del Alto Tribunal (salvo que se solicite algún tipo de aclaración) será remitida a la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra en los próximos días. Esta Sección, que fue la encargada de enjuiciar y sentenciar el caso en primera instancia, iniciará entonces la ejecución de la sentencia. Y como en todos los casos de los exdirectivos se superan los dos años de prisión, se procederá a solicitar su ingreso en la cárcel. Por lo general, en estos casos se da a los condenados un plazo de 30 días para que ingresen voluntariamente en un centro penitenciario.

Los acusados podrían presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional alegando que en el proceso se han visto vulnerados derechos fundamentales. Pero este recurso no paralizaría la ejecución de la prisión, salvo que se pida su suspensión mientras se decide y que se estime, algo excepcional. La otra vía es que los condenados pidan el indulto y que soliciten al tribunal navarro que, hasta que este no se resuelva, no se decrete su ingreso en prisión.

Primas por ganar: no son delito porque no se puede asegurar el resultado

Un aspecto muy relevante de la sentencia es que el Tribunal Supremo se ha pronunciado por primera vez sobre amaños deportivos, sentando jurisprudencia. Entre todas sus conclusiones, establece que las primas a terceros por ganar no son delito, algo que mantenían la Audiencia de Navarra, la Fiscalía y La Liga. El Supremo argumenta que primar por ganar “no infringe el juego limpio” y resalta que no puede ser que primar a los propios jugadores sea “lícito” y sin embargo que sea “delictivo” si lo ofrece un tercero. En síntesis, los magistrados exponen que un jugador puede lograr que se pierda un partido, “pero no ganarlo, porque no depende de su voluntad”. “Y lo que no puede conseguirse voluntariamente, porque es imposible, tampoco puede ser sancionado penalmente”. El tribunal tampoco considera injusto, “sino todo lo contrario”, pagar por ganar. “La obligación de todo deportista es salir a ganar (...). Nadie comprendería que ver jugar bien o muy bien a unos jugadores pueda ser objeto de una sanción penal, y ello aunque tal comportamiento sea fruto de una prima extradeportiva. Aquí no se sanciona l aprima, sino el comportamiento en el campo”. Sobre la prima por perder, solo con que se pruebe el pacto, el delito ya estaría consumado.

CONDENAS

​1 Ángel Vizcay (exgerente del club): 5 años y 7 meses de prisión, y multa de 221.700 euros. Delitos de apropiación indebida agravada, falsedad y corrupción deportiva (amaños). La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra le condenó a 8 años y 8 meses de prisión.

2 Miguel Archanco (expresidente):
5 años y 6 meses de prisión y 418.000 euros de multa. Mismos delitos que el anterior. La Audiencia le condenó a 6 años y 8 meses de prisión.

3 Juan Pascual Leache (exvicepresidente, fallecido en agosto): 4 años y 10 meses de prisión y multa de 413.500 euros. Mismos delitos. La Audiencia le condenó a 5 años y 6 meses de prisión.

4 Jesús Peralta García (exdirectivo): 5 años de prisión y multa de 418.000 euros. Mismos delitos que los anteriores. La Audiencia le condenó a 6 años y 8 meses de prisión.

5 Sancho Bandrés (tesorero): 4 años de prisión y multa de 18.000 euros. Delitos de apropiación indebida y falsedad. La Audiencia le condenó a 5 años y 6 meses.

6 Cristina Valencia y Albert Nolla -fallecido- (inmobiliarios): 6 meses de prisión y multa de 5.400 euros. Un delito de falsedad a cada uno de ellos. La Audiencia les condenó a 9 meses de prisión a cada uno.

7 Antonio Amaya y Xavi Torres (exfutbolistas, del Betis cuando ocurrieron los hechos): 10 meses de prisión y multa de 400.000 euros a cada. Delito de corrupción deportiva. La Audiencia les condenó a 1 año de prisión.

Ocho años después, el caso Osasuna ya tiene sentencia firme. El Tribunal Supremo ha refrendado que durante la directiva de Miguel Archanco hubo un “saqueo” a las arcas del club y que se pagó al Betis por dejarse perder en 2014, en aquel partido que s

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