El Supremo mantiene en prisión a Junqueras y afirma que no tiene inmunidad
Ha considerado innecesario pedir al Parlamento Europeo que le levante la inmunidad, al estar condenado ya en firme a 13 años de prisión e inhabilitación
- Efe. Madrid
La sala que juzgó el 'procés' en el Supremo ha acordado este jueves mantener en prisión al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y ha considerado innecesario pedir al Parlamento Europeo que le levante la inmunidad, ya que la condena firme a trece años de prisión le inhabilita como eurodiputado.
Es la respuesta que la Sala de lo Penal, que rechaza anular el fallo del 'procés', ha dado a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que reconoció a Junqueras como eurodiputado.
En dos autos, el Supremo ejecuta la pena de inhabilitación que mantenía en suspenso y recuerda que la justicia europea se pronunció sobre la situación de Junqueras cuando estaba en prisión preventiva. La inmunidad que le reconoció, añade, no era "un blindaje" frente a la sentencia, que le condenó a trece años de prisión y de inhabilitación por sedición y malversación.
Esa condena, de acuerdo con la Ley Electoral, "conlleva la exclusión de la condición de eurodiputado" que le reconoció el tribunal europeo, explica el Supremo, que ha acordado comunicar su decisión tanto al Parlamento Europeo como a la Junta Electoral Central.
Los magistrados recuerdan que Junqueras fue proclamado eurodiputado electo el 13 de junio de 2019, un día después de concluir el juicio del 'procés' y ya iniciadas las deliberaciones.
El 14 de junio la Sala rechazó excarcelarle para cumplir los trámites necesarios para asumir el acta y planteó una cuestión prejudicial al TJUE, que dicto sentencia meses después.
Los magistrados aseguran que aplicará su "novedosa" doctrina a cualquier preso preventivo que adquiera la condición de eurodiputado y la aceptan "en su literalidad, en su espíritu y en su integridad", pero insisten en que Junqueras ya no está en prisión provisional.
La Sala rechaza pedir el suplicatorio al Parlamento Europeo porque, aunque admite que Junqueras adquirió la condición de eurodiputado el 13 de junio, el alcance de su inmunidad viene determinado por el Derecho nacional, que niega esta garantía a aquellos que ya estén inmersos en un juicio.
"En definitiva, quien participa en un proceso electoral cuando ya está siendo juzgado, aunque finalmente resulte electo, no goza de inmunidad conforme al derecho nacional. No puede condicionar el desenlace del proceso ni, menos aún, el dictado de la sentencia", insisten los magistrados.
La Sala también rechaza la nulidad de la causa después del 13 de junio, incluida la sentencia, pedida por Junqueras, ya que el TJUE no se pronunció sobre el proceso principal.
Le otorgó inmunidad de desplazamiento, pero esa modalidad "en modo alguno liberaba a esta Sala de su deber de dictar sentencia, estuviera libre el acusado o, como era el caso, se hallara en situación de prisión provisional", continúan los magistrados.
Reconocer a la Eurocámara la facultad de autorizar la tramitación de cualquier causa penal, destaca la Sala, supondría atribuir al "escrutinio popular" la virtud de invalidar una sentencia, "una nostálgica visión contraria a los principios que definen cualquier sociedad democrática".
Permitirle que acuda a Estrasburgo, como solicitaba la Abogacía del Estado, es sugerir que el Supremo no ejecute la pena de prisión "y negocie con el Parlamento Europeo los términos de la libertad de movimientos" de Junqueras. Además, recuerda la Sala, esa petición estaba condicionada a que la Junta Electoral no anulase su mandato del líder de ERC, algo que hizo el pasado viernes.
En respuesta directa al TJUE, "reconoce y valora" todo criterio que "refuerce las esencias de la democracia representativa de la Unión", pero también señala que la nueva doctrina "no solo interpreta una específica norma, sino que la deconstruye para configurarla con nuevos elementos que determinan la práctica inutilidad de una gran parte de la legislación interna de diversos Estados miembros".
En base a esa doctrina, por ejemplo, ha sido reconocidos como eurodiputados el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el exconseller Toni Comín, sin haber acatado la Constitución ante la Junta Electoral.
La sala que juzgó el 'procés' en el Supremo ha acordado este jueves mantener en prisión al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y ha considerado innecesario pedir al Parlamento Europeo que le levante la inmunidad, ya que la condena firm
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